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Universidad de Chile

Entrevista a Luis Sánchez Castellón:

"Dudo que lleguemos a perder el caso Clarín"

"Dudo que lleguemos a perder el caso Clarín"

El jefe de la división jurídica del Ministerio de Economía explica los alcances del juicio arbitral entre Víctor Pey Casado y la Fundación Presidente Allende de España contra el Estado chileno que está en marcha en el Ciadi. A su juicio, existen argumentos procesales y de fondo para determinar que la demanda de los solicitantes, quienes reclaman ser dueños de ¿Clarín¿, carece de fundamentos jurídicos.

¿En qué consiste el caso Clarín?

Este es un juicio arbitral que actualmente se lleva conforme a las reglas de Arbitraje del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones del Banco Mundial (Ciadi), que es una instancia internacional que se crea por el Convenio sobre Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones entre Estados y nacionales de otros Estados (Convenio de Washington). El señor Víctor Pey Casado y la Fundación Presidente Allende de España presentaron una solicitud de arbitraje en contra del Estado de Chile en 1997, con el objeto de que un tribunal arbitral resolviera esta contienda jurídica. Desde esa fecha se encuentra en marcha este proceso que ha tenido etapas muy complejas. Chile no le reconoce jurisdicción ni competencia al CIADI y al Tribunal de Arbitraje para conocer de este caso, esencialmente por tratarse de un demandante chileno, ya que el señor Pey tiene doble nacionalidad: chileno-española. Las normas del Ciadi impiden que un nacional demande a su propio Estado por diferencias sobre inversión. Es un argumento estrictamente jurídico y está pendiente su resolución. Además, existen otros argumentos de fondo. El primero se relaciona con que el gobierno de Chile alega la no retroactividad del Tratado de Protección y Fomento recíprocos de Inversiones que firmó con España en 1991 y que entró en vigencia recién el año 1994. La transacción que los demandantes dicen que habría acontencido entre el señor Pey y el señor Darío Saint-Marie, habría ocurrido en 1972 en Europa. Además, no se ha acreditado la condición de dueño del señor Pey del “Consorcio Publicitario y Periodístico S.A” y de la “Empresa Periodística Clarín Limitada”. Entonces, estamos en presencia de un juicio que se ha alargado excesivamente por una serie de aristas judiciales, que han obligado a reconstituir el Tribunal de Arbitraje en ya tres oportunidades. Actualmente, la defensa del Estado de Chile en este caso se coordina a través del Programa de Defensa en Arbitrajes de Inversión Extranjera en especial a través del jefe de la División Jurídica del Ministerio de Economía, y está a cargo del equipo de abogados del estudio jurídico internacional Winston & Strawn LLP, de Estados Unidos y por los abogados Jorge Carey Tagle y Gonzalo Fernández Ruiz, que también asesoran al gobierno de Chile. Estamos a la espera que se resuelva el tema de la competencia del Tribunal de Arbitraje.

¿Cómo es posible que en siete años aun no se haya resuelto la competencia del tribunal?

Eso no lo puedo responder exactamente, pero es una situación curiosa. Éste es uno de los juicios más largos en la historia del Ciadi. Este Tribunal de Arbitraje ya ha sido reconstituido tres veces, lo que significa que cada vez los nuevos árbitros han debido imponerse de los antecedentes del caso y aquellos que han surgido con posterioridad, especialmente los que se relacionan con nueva doctrina y jurisprudencia internacional.

Económicamente, ¿ha sido un juicio muy costoso para el Estado?

Efectivamente. Es un juicio arbitral internacional, lo que ya implica un alto costo. Corresponde el pago significativo de lo que en nuestra legislación se conoce como costas procesales y personales, porque los costos en abogados son importantes. Y el Estado chileno no ha escatimado en hacerse asistir por excelentes profesionales de un estudio de la más alta calidad que se contrató después de una licitación internacional. Asimismo, existen importantes costos asociados a los honorarios y gastos de los árbitros, como también gastos administrativos del propio Ciadi.

¿Cómo se explica que el Estado haya pagado nueve millones de dólares mientras existe un juicio internacional pendiente en esta materia?

No olvidemos que durante la década del noventa se dictó una ley que permitió la devolución de las propiedades confiscadas por la dictadura o el pago de indemnización a quienes acreditaran ser los legítimos dueños de bienes confiscados. Se indemnizó luego de que los bienes fueran avaluados y se cumplieran las exigencias que la ley impuso. Las personas a las cuales se les pagó presentaron antecedentes legales para acreditar ser dueños de las acciones del “Consorcio Publicitario y Periodístico S.A.”, como también de la “Empresa Periodística Clarín Limitada”.

El problema es que el Estado resolvió de manera administrativa una situación legal que aún está pendiente...

No es así. Quienes acreditaron ser dueños de una propiedad confiscada por la dictadura recibieron una indemnización, como lo determinó la ley. Todos ellos tenían el derecho de recibir ese pago. Incluso, el señor Pey podría haber hecho sus alegaciones a través del mismo mecanismo, y haber intentado a través de éste probar su supuesta propiedad de las empresas mencionadas.

En el supuesto de que el fallo en el Ciadi fuera desfavorable para Chile, ¿el Estado debería pagar una doble indemnización?

Si llegáramos a perder el juicio, que yo lo dudo, obviamente tendría que acatarse el fallo.

O sea, se pagarían dos indemnizaciones por el mismo bien...

Estaríamos en presencia de una situación de esa naturaleza.

¿No es cuestionable la forma en cómo se pagó a los supuestos herederos de “Clarín”?

Yo no me voy a pronunciar al respecto, porque no me corresponde.

Pero uno de los beneficiarios con esa indemnización utilizó información privilegiada para hacerse de derechos hereditarios...

En su minuto, las autoridades calificaron los antecedentes para acreditar la propiedad del diario. La propia Contraloría autorizó el pago.

Comprendemos que el Estado debe defenderse, pero la verdad es que desde el punto de vista político cuesta entender una postura tan dura frente a este caso, que de perder el Estado abriría la posibilidad de romper el duopolio de la prensa escrita. Esto favorecería la libertad de expresión y el derecho a la información...

No me corresponde responder esa afirmación. Es un juicio político que no tiene que ver con mi condición de jefe jurídico del ministerio de Economía y la coordinación de la defensa del Estado de Chile en este caso.

¿Cómo entiende que el caso Clarín haya estado ausente del debate en Chile?

No le puedo responder esa pregunta, no está en el ámbito de mis competencias.

Texto: Cristián Cabalín
Felipe Portales
Fecha de publicación:
Miércoles 2 de mayo, 2007